***La inhabilitación de la dirigente opositora es por 15 años***
El Tribunal Supremo de Justicia ratificó este viernes la inhabilitación para ejercer cargos públicos a María Corina Machado.
Con la sentencia de número 00005, la Sala ratificó la constitucionalidad del artículo 105 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y «en consecuencia el Contralor General de la República está facultado para establecer sanciones de inhabilitación».
En este sentido, el máximo tribunal ratificó la inhabilitación política de 15 años contra Machado por presuntamente estar vinculada en la «trama de corrupción orquestada por el usurpador» Juan Guaidó, quién, según el documento, «propició el bloqueo criminal a la República Bolivariana de Venezuela, así como también, el despojo descarado de las empresas y riquezas del pueblo venezolano en el extranjero, con la complicidad de gobiernos corruptos, dentro de los cuales se destacan la entrega de la empresa Citgo Holding, Inc y Citgo Petroleum Corporation con un valor aproximado de treinta y cuatro mil millones de dólares americanos (US$ 34.000.000.000,00) a la empresa canadiense Crystallex por mil quinientos millones de dólares americanos (US$ 1.500.000.000,00), lo que causó un daño al patrimonio de la nación por treinta y dos mil quinientos millones de dólares americanos (US$ 32.500.000,000,00).
El órgano judicial del país anunció que publicaría las decisiones a propósito del acuerdo de Barbados firmado entre el Gobierno y la oposición en octubre.
Para el TSJ, la solicitud de Machado no cumple con los requerimientos establecidos y exigidos en el Acuerdo de Barbados firmado el 17 de octubre de 2023, por lo que ratificó su inhabilitación para ejercer funciones públicas por un periodo de 15 años, de acuerdo a la Resolución número 01-00-000285, de fecha 16 de septiembre de 2021, emanada de la Contraloría General de la República, por una investigación iniciada en mayo de 2014 y «donde fueron tomadas medidas cautelares. Sin perjuicio de las acciones penales y pecuniarias a que pudieran dar lugar sus actuaciones».
Por la misma parte, el TSJ también se refirió al caso de Henrique Capriles Radonski, ratificando, de igual forma, la sentencia por 15 años.
De acuerdo con la sentencia N° 00003, del Tribunal Supremo de Justicia, Radonski no podrá optar por cargos de elección popular por el referido periodo de tiempo.