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Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela suspende «todos los efectos» de las primarias opositoras

***El máximo órgano judicial admitió el recurso de amparo contra las primarias por «irregularidades», suspendió el proceso y certificó las inhabilitaciones firmes***

 La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela ordenó la suspensión de «todos los efectos de las distintas fases del proceso electoral conducido por la Comisión Nacional de Primarias» (CNP), celebrado el pasado domingo, tras recibir un recurso introducido por el diputado opositor José Brito que pedía revisión de «irregularidades».

«Se suspenden todos los efectos de las distintas fases del proceso electoral conducido por la Comisión Nacional de Primarias»; dice parte de la sentencia.
La sentencia número 122, expediente 2023-0000065, «admite el presente Recurso Contencioso Electoral interpuesto por el ciudadano Diputado de la Asamblea Nacional José Dionisio Brito Rodríguez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 8.263.861».
Asimismo, declara «procedente la solicitud de amparo cautelar, y en consecuencia se suspenden todos los efectos de las distintas fases del proceso electoral conducido por la Comisión Nacional de Primarias».
El TSJ además ordenó a la Comisión Nacional de Primaria, de conformidad con el artículo 184 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia:
  • Antecedentes administrativos de las 25 fases del proceso de primarias.
  • Actas de totalización regionales y nacional.
  • Cuadernos de votación.
  • Papeletas de votación.
  • Actas de escrutinio.
Consignación de inhabilitaciones políticas de candidatos

Además, deberán consignar al Supremo de Justicia las actas de aceptación de la candidatura de los aspirantes inhabilitados por la Contraloría para ejercer cargos de elección popular, como es el caso de la ganadora de las internas María Corina Machado, sobre quien pesa esta medida administrativa, impuesta en 2015 por el período de un año, pero extendida recientemente hasta el año 2030.

Asimismo, deberán entregar las renuncias de los candidatos Henrique Capriles y Freddy Superlano -que declinaron participar apenas un par de semanas antes de los comicios-, también inhabilitados, así como las de «cualquier otro ciudadano que haya decidido renunciar a su candidatura».

El TSJ da un lapso de tres días a la CNP para consignar «un informe» en el que se indique «el mecanismo empleado para el resguardo del material electoral y el lugar destinado a tal efecto».

Finalmente, ordena notificar al Fiscal General de la República, Tarek William Saab, y a otros poderes públicos de esta sentencia y de los hechos denunciados por Brito que -aseguró- pudiesen configurar «la presunta comisión de ilícitos electorales y la presunta comisión de delitos comunes».

La sentencia del máximo órgano judicial es publicada al tiempo en el que la directiva de la CNP, Jesús María Casal (presidente), Mildred Camero (vicepresidenta) y Roberto Abdul-Hadi (suplente) y miembros de las Juntas Regionales, se presentan ante la fiscalía de la República, en calidad de investigados por las «irregularidades» registradas en el proceso comicial, en respuesta a una orden de comparecencia emitida el pasado viernes por el Fiscal General de la República, Tarek William Saab.

(Con información de El Universal)

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